Cumple con la Directiva Whistleblowing de la UE (2019/1937) y protege a tu organización con Kryptos
El Canal Kryptos es una herramienta eficaz, para poner en conocimiento de la entidad, cualquier acción negligente, que haya detectado, en el ámbito de la organización y que podrá comunicar, de forma totalmente anónima y segura.
Descubre porqué Kryptos es la solución ideal para tu canal de denuncias
Implementa un sistema, conforme con la ley 2/2023, de 20 de Protección del Informante (Directva Whistelblowing) y demás normativas europeas.
Garantiza el anonimato total al denunciante con cifrado de extremo a extremo.
Configura tu canal en minutos sin necesidad de conocimientos técnicos o desarrolladores.
Usa el sistema desde cualquier dispositivo, en cualquier momento y lugar.
Elige el plan que mejor se adapte a las necesidades de tu organización
Para pequeñas empresas
Para empresas medianas
Para grandes corporaciones
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Contáctanos para un plan personalizadoGarantizamos la máxima protección de tu información
Uso de encriptación avanzada, con SSL y TLS 1.3, entre cliente y servidor para asegurar todas las comunicaciones.
Acceso restringido al servidor mediante sistemas de autenticación robustos y control de permisos.
Restricción de puertos y firewalls avanzados con monitoreo constante para prevenir accesos no autorizados.
Todos nuestros sistemas cumplen con los estándares de seguridad más exigentes
Sin compromiso ni tarjeta de crédito. Descubre cómo podemos ayudarte a cumplir con la normativa y proteger a tu organización.
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Resolvemos tus dudas sobre Kryptos
Si tu empresa está dentro de los siguientes sectores, debe disponer de un Canal de Comunicaciones:
Algunos consejos para conseguir el máximo anonimato, además de informar que la denuncia es anónima son:
Aquellos delitos o infracciones enumerados en la Directiva (UE) 2019/1937, que se realicen por un representante legal o empleado, en beneficio directo o indirecto de la propia entidad, así como aquellos que se realicen contra trabajado u otras personas vinculadas a la empresa, que se encuentren dentro de los siguientes ámbitos:
Contratación pública; Servicios, productos y mercados financieros; Prevención del blanqueo de capitales; Seguridad de los productos; Seguridad de los productos y conformidad; Seguridad del transporte; Protección del medio ambiente; Protección frente a las radiaciones y seguridad nuclear; Seguridad de los alimentos y los piensos, Sanidad animal y bienestar de los animales; Salud pública; Protección de los consumidores; Protección de la privacidad y de los datos personales, Seguridad de las redes y los sistemas de información; Intereses financieros de la Unión; Infracciones relativas al mercado interior.
Asimismo, la Ley Orgánica 2/2023, de 21 de febrero, amplia el ámbito de los actos enumerados en la Directiva (UE) 2019/1937, a los siguientes: Intereses financieros de la Unión; competencia y ayudas; impuesto sobre sociedades y fraude fiscal; Hacienda Pública y Seguridad Social; derecho laboral en materia de seguridad y salud en el trabajo; acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave.
De acuerdo con lo dispuesto en la normativa de protección de datos vigente, somos responsables del tratamiento, gestión y almacenamiento de los datos personales de todas las personas involucradas en las consultas y denuncias. Tanto nosotros, como los expertos externos contratados cumplen con las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la seguridad de los datos y evitar su alteración, pérdida y tratamiento o acceso no autorizado.
La plataforma está diseñada para aplicar la normativa vigente en protección de datos personales, así como lo previsto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de la lucha contra la corrupción.
Sus datos están cifrados para evitar al máximo los riesgos de intrusión.
Las comunicaciones deben realizarse siempre de buena fe. Se considerarán comunicaciones de mala fe aquellas que se realicen suplantando la identidad del informante o detallando hechos que se saben inciertos o involucran a personas que no han tenido relación con tales hechos, aun siendo estos ciertos.
Por otra parte, hay que tener en cuenta que las "denuncias falsas", consistentes en comunicar o revelar públicamente información a sabiendas de su falsedad, se consideran infracciones muy graves, con multa de 30.001 hasta 300.000 euros para personas físicas, y entre 600.001 y 1.000.000 de euros para personas jurídicas, pudiendo, además, ser constitutiva de un delito penal.